Voy a alquilar mi casa
Centralia le ayuda y recoge a continuación aquellas cosas que usted debe saber si quiere alquilar su casa:
- El alquiler se formaliza mediante un contrato. Cuando se firme dicho contrato el inquilino tiene obligación de pagar un mes de alquiler en concepto de fianza. En dicho contrato se recogerá la cantidad que el inquilino deberá pagar en caso de abandonar la casa antes del plazo estipulado (suele ser una mensualidad).
- Tanto la electricidad como el agua, gas y teléfono son gastos que inicialmente corren a cargo del inquilino. El recibo de la comunidad lo paga quien esté pactado en el contrato que lo abone. La ley no exige al inquilino.
- Durante los cinco primeros años solo se podrá actualizar el precio por parte del dueño en la fecha en que se cumpla el año de vigencia. En los doce meses anteriores a la fecha se utiliza el IPC. El importe del alquiler podrá aumentar para realizar obras de mejora pero solo si las obras se inician pasados los cinco años de contrato.
- El inquilino (arrendatario) no puede modificar la vivienda sin el consentimiento del propietario.
- El propietario puede exigir al inquilino el pago del IBI.





