Quiero comprar casa de segunda mano

Si vas a comprar una casa de segunda mano Centralia te recomienda que previamente hables con los vecinos, presidente, portero…, ellos te revelarán los secretos de la que puede ser tu nueva casa, cómo son tus vecinos, paredes, derramas…

1. Una vez que hayas decidido la compra habrás de pagar una señal de entre un 5 y un 10% del valor de la casa y firmar un contrato de señal o arras que implica que tú te comprometes a comprar en un periodo determinado, (en caso contrario perderías la señal) y el vendedor a vender en ese periodo (en caso contrario tendrá que indemnizarte con el doble de la señal que tu entregaste). Luego esa señal, lógicamente, se descuenta del precio total de la casa.


2. Te recomendados que firmes el contrato de compraventa directamente en escritura ante notario, pero también existe la posibilidad de que previamente se formalice la compraventa en un contrato privado, donde habrá que recoger quién se hará cargo de los gastos que origine la operación. Este contrato privado, hasta que no es firme (ante notario) no te convierte en propietario. Los datos que deben figurar en ese contrato son:

  • Los nombres completos, tanto del comprador como del vendedor.
  • Descripción de la situación del piso que se vende, todas las medidas (terrazas, garaje , trastero…) y zonas comunes.
  • Si tiene o no cargas
  • Precio total 
  • La señal que se entrega como arras y el total del piso al descontar dicha señal.
  • La fecha en la que se va a realizar la compra ante notario.
  • Cuándo se entregará la cantidad restante y en qué forma
  • Cuando recibirás las llaves

El pago puede acordarse de varias maneras:

  • Descontar de la cantidad que se paga al vendedor las cargas. Si lo que hace es subrrogarse deberá hablar con el acreedor. Si es el caso de una hipoteca ha de ponerse en contacto con el banco para que acceda a que Vd pueda seguir pagando dicha hipoteca cuando firme la escritura.
  • Puede pagar de forma aplazada, de manera que la cantidad más importante la entregue el día de la firma de la escritura.
  • También puede pagar el total del piso el día de la firma del contrato de compraventa, pero para eso es mejor firma directamente ante notario.

Cuando eleve a pública la escritura, es decir, cuando firme ante notario, el notario juzgará la capacidad de los contratantes.